El Mediterraneo, tal como era

El transporte de animales vivos a través de las fronteras

El transporte de animales de compañía (mascotas) a través de las fronteras es posible sólo si se cuenta con la documentación veterinaria normativa sobre el estado de salud del animal. Perros y gatos deben ser identificados mediante microchip. La introducción de hasta cinco animales de compañía puede realizarse por los pasos fronterizos autorizados para el transporte de un determinado número de animales de compañía, mientras que el transporte de un número superior de animales se debe realizar en los puntos de entrada donde exista inspección veterinaria.

Al viajar con sus animales de compañía usted es responsable de los mismos
Al viajar a la República de Croacia con su animal de compañía usted es el máximo responsable de cumplir con las condiciones de entrada. Asegurarse, por ejemplo, que su animal ha sido revacunado, sometido a análisis de sangre para la valoración de anticuerpos y viene acompañado del pasaporte en vigor o del certificado veterinario. Si su animal de compañía no cumple con estos requisitos, en el momento de llegada al paso fronterizo autorizado para su entrada, el ingreso a la República de Croacia le puede ser denegada, es decir que el animal puede ser devuelto al país de origen o puesto en cuarentena. Como propietario del animal usted correría con todos los gastos derivados de dichas medidas.

En el ámbito de aplicación de la regulativa Reglamento de Condiciones Veterinarias para el Transporte de Animales de Compañía sin ánimo comercial se encuentran incluidos los siguientes animales de compañía: perros, gatos, especies que pertenecen a la familia del hurón, invertebrados (a excepción de abejas y cangrejos), peces tropicales decorativos, anfibios, reptiles, todo tipo de aves (a excepción de las aves de corral), así como roedores y conejos caseros.

Número máximo de animales
Se entiende por introducción de animales de compañía -sin ánimo comercial, el transporte de cinco o menos animales de compañía en el territorio de la República de Croacia. Estos deben someterse a la revisión de la documentación e identificación por parte de la autoridad de la Aduana en el punto de entrada a la República de Croacia. Tales animales de compañía carecen de interés comercial y obligatoriamente deben viajar acompañados de sus dueños o representantes, los cuales serán responsables de los mismos durante todo el viaje. En caso de la introducción de más de cinco animales de compañía, se consideraría de interés comercial, de forma que los animales deberán pasar una inspección veterinaria a cargo del veterinario inspector de fronteras y deberán entrar al país por los puntos de llegada donde exista inspección veterinaria.

Condiciones
Exigencias generales referentes a la introducción de animales de compañía: perros, gatos y animales domésticos pertenecientes a la familia del hurón (Mustela putorios), procedentes de países de la Unión Europea así como de países de bajo riesgo no miembros de la Unión Europea:

Perros, gatos y animales domésticos pertenecientes a la familia del hurón:
  • deben estar identificados con microchip. En caso de que los animales estén identificados con un microchip que no corresponda al Estándar ISO 11784 o 11785, y que se trate de otro tipo de chip, el dueño o representante está obligado a proporcionar el lector correspondiente necesario para leer dicho microchip. En todo momento debe ser posible certificar el nombre y dirección del propietario del animal. El número del microchip debe estar escrito por el veterinario en el pasaporte o el certificado que el dueño o responsable lleve con el animal,
  • deben ir acompañados de pasaporte o certificado expedido por un veterinario autorizado,
  • deben estar vacunados contra la rabia.

Se autorizará el paso de animales procedentes de países miembros de la Unión Europea, así como de países de bajo riesgo no miembros de la Unión Europea, menores de tres meses y que no hayan sido vacunados, si el dueño o responsable lleva sus pasaportes o certificados y siempre que, desde su nacimiento, hayan residido en el mismo lugar, además de no haber estado en contacto con animales salvajes que hayan podido estar expuestos a infecciones, o estén acompañados de su madre de la que todavía dependen.

Perros, gatos y hurones procedentes de países de alto riesgo deben cumplir las siguientes condiciones:
  • deben tener la identificación mediante microchip,
  • deben ir acompañados de un certificado expedido por un veterinario autorizado o en caso de reintroducción a la República de Croacia de un pasaporte (perros procedentes de Croacia),
  • deben tener la vacuna contra la rabia en vigor.
  • deben de estar sometidos a la prueba serológica antirrábica en una muestra tomada 30 días después de la vacuna y tres meses antes del desplazamiento, en un laboratorio autorizado. (Consultar lista actualizada en: http://ec.europa.eu/food/animal/liveanimals/pets/approval_en.htm).

Este plazo de tres meses no se aplicará en caso de reintroducción de un animal de compañía en el territorio de la República de Croacia cuyo pasaporte certifique que se realizó la valoración con resultado favorable antes de que dicho animal abandonara el territorio de la República de Croacia.

Los animales que se introduzcan con ánimo comercial o por envío marítimo deben someterse a una revisión veterinaria antes de su transporte.

Para información más detallada pueden ponerse en contacto con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, Dirección Veterinaria
Tfno.: +385 1 610 94 99, +385 1 610 67 03 y +385 1 610 64 55;
Página web: www.mps.hr